Normativa



NORMATIVA DE GRUPOS DE 

INTERÉS DE SPOUG

1      Introducción

Los grupos de interés constituyen un elemento fundamental dentro de SPOUG pues permiten desarrollar las distintas líneas de acción y colaboración entre los profesionales en el campo de mutuo interés, con los siguientes objetivos:
-          Dinamizar un foro de intercambio de ideas y conocimientos de un producto, servicio o solución de Oracle, o un conjunto o un tema trasnversal de interés para los asociados.
-          Desarrollar conjuntamente proyectos  específicos que ofrezcan valor a los asociados y al propio Oracle, desde mejores prácticas, problemas  o carencias encontrados en las soluciones Oracle, estudios de campo, etc.
SPOUG, en reconocimiento a su importancia, quiere facilitar las actividades de los  grupos de interés poniendo a su disposición todo aquello que precisen en materia de logística, relaciones institucionales, financiación y equipo especializado.
Para regular este apoyo del funcionamiento y desarrollo de las actividades de los grupos, SPOUG ha establecido las bases para su creación así como las condiciones que garanticen su mantenimiento y evolución.

2      Creación de un nuevo grupo de interés.

Los nuevos grupos de interés deben surgir por iniciativa de los socios pertenecientes a SPOUG o directamente por la Junta.
Los componentes del futuro grupo de interés presentarán una propuesta a la Junta Directiva, donde conste:
1.1- Nombre del grupo, a refrendar por la Junta
1.2- Temática concreta que defina sus actividades
1.3- Objetivos genéricos que persigue.
1.4- Lista de personas –mínimo 3- que presentan la propuesta y conformarán el grupo inicialmente.
1.5- Plan de acción respecto a su primer año de funcionamiento.

3    Aprobación del grupo de interés.

La Junta Directiva podrá crear grupos de interés para actividades concretas, cuya  composición, dotación económica, funciones y dinámica determinará la Asamblea General o la misma Junta Directiva.
SPOUG asignará un/a Coordinador/a perteneciente a la Junta Directiva que asumirá las funciones de coordinador del grupo de interés, que junto a los participantes del grupo definirá la normativa de funcionamiento del grupo, siempre conforme a las directrices de SPOUG, que tendrá que ser aprobada por la Junta.
Se determina, por tanto, que la creación de un grupo de trabajo, su denominación y normativa de funcionamiento deberán ser aprobadas por la Junta Directiva de SPOUG.

Cada grupo tendrá una identificación visua.

Además cada grupo dispondrá de un blog para publicar información de interés de acceso libre, que permita atraer anunciantes que otorguen fondos económicos a SPOUG.

Cada grupo de interés dispondrá de un área privada para trabajo colaborativo.

4    Altas y bajas de los componentes de un grupo

Será el/la Coordinador/a del grupo quien lleve al día el libro o registro de altas y bajas, anotando en él las diversas incidencias y presentándolo a la Junta de SPOUG en la fecha señalada al efecto en el apartado 4.5 del presente Reglamento.
Una vez constituido el grupo de interés, los aspirantes que deseen unirse como nuevos componentes deberán realizar su solicitud de admisión por escrito y enviarlas al Coordinador/a para que se apruebe en Junta. El interesado deberá ser socio institucional o individual, como requisito imprescindible para participar en un grupo de interés.

Para darse de baja un componente bastará con comunicarlo por correo electrónico al Coordinador/a del grupo. La inasistencia no justificada a más de tres sesiones seguidas será causa de baja.

5    Compromiso de los grupos de interés

Los grupos de interés de SPOUG se comprometen a los siguientes aspectos:
4.1- Reunirse presencial o virtualmente al menos 1 vez al trimestre.
4.2- Elaborar un acta de cada reunión con los acuerdos tomados y enviarla al gerente de SPOUG para que éste pueda informar a la Junta del estado de cada grupo de interés.
4.3- Someter a la validación de la Junta Directiva de SPOUG cuantos documentos generados por los grupos deseen ser publicados o elevados a definitivos en nombre de SPOUG.
4.4- Realizar al menos una actividad anual aprobada previamente por la Junta y ocuparse de la difusión de sus resultados.
4.5- Generar información (post, artículos, columnas, whitepapers, estudios...) para publicar en el blog del grupo, como de acceso privado para los socios de SPOUG.
4.6- Hacer constar explícitamente su pertenencia a SPOUG en toda actividad desarrollada por el grupo.
4.7- Enviar al gerente de SPOUG al finalizar el año:
- la Memoria de Actividades del año pasado,
- el Plan de Trabajo propuesto para el año siguiente,
- Actas de acuerdos tomados en las reuniones,
- Altas y Bajas de miembros, si los hubiere.
- La información actualizada necesaria para realizar la difusión oportuna de las
actividades del grupo.
4.7- Observar las indicaciones de la Gerencia en materia económica o patrimonial ya que la financiación del grupo estará necesariamente subordinada a los criterios contables y de funcionamiento regidos en   SPOUG.

6    Extensión del apoyo de SPOUG a los distintos grupos de interés

En contrapartida, SPOUG se compromete a apoyar a los grupos de interés en los términos siguientes:
5.1- Ofrecer los servicios administrativos y los medios de difusión disponibles en la Gerencia de SPOUG.
5.2- Brindar el apoyo logístico y económico preciso para llevar a cabo aquellas actividades del grupo previamente presentadas y aprobadas en Junta.
5.3- Seguimiento de las actividades del grupo por parte de la Junta Directiva y la Gerencia de SPOUG, y
5.4- Atención de las cuestiones planteadas por el grupo a la Junta o, en su caso, a la Asamblea.

7    Disolución del grupo de interés

Un grupo de interés se podrá disolver por acuerdo unánime de sus componentes, haciéndolo saber inmediatamente a SPOUG.
Además, la Junta de SPOUG considerará disuelto un grupo de trabajo cuando constate el incumplimiento de los compromisos especificados en el punto 4 del presente Reglamento. La disolución deberá ser comunicada y ratificada por la Asamblea General de SPOUG.

Reglamento aprobado la Junta en Madrid, el 7 de mayo de 2014

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